Hacer testamento o no hacerlo: lo que de verdad les cuesta a tus herederos
Pensar en el testamento incomoda. Lo asociamos a la muerte, lo dejamos para «cuando seamos mayores» y, mientras tanto, la vida sigue. Pero en una gestoría como la nuestra, en Bormujos, vemos casi cada semana la otra cara de la moneda: familias que llegan a tramitar una herencia y descubren que la persona fallecida no dejó testamento. Y entonces lo que debería ser un trámite sencillo se convierte en un proceso más largo, más caro y, a veces, en una fuente de tensiones entre los propios herederos.
En este artículo te explicamos, sin tecnicismos, qué diferencia hay entre hacer testamento o no hacerlo y qué perjuicio real supone para quienes te heredan. Spoiler: hacer testamento es una de las decisiones más baratas y más generosas que puedes tomar por tu familia.
¿Qué pasa si no haces testamento?
Mucha gente cree que «si no hay testamento, no pasa nada, la herencia va para la familia». Y es cierto a medias. Cuando alguien fallece sin testamento, la ley no deja los bienes en el aire: se aplica lo que se llama sucesión intestada (o «abintestato»). Es decir, el Código Civil decide por ti quién hereda y en qué proporción, siguiendo un orden cerrado:
- Primero, los hijos y descendientes (y si un hijo ha fallecido, sus nietos en su lugar), a partes iguales.
- Si no hay hijos, los padres y ascendientes.
- El cónyuge viudo hereda en defecto de los anteriores, pero si concurre con hijos o padres, en general solo le corresponde el usufructo de una parte, no la plena propiedad.
- Después, los hermanos y sobrinos, y a continuación tíos y primos hasta el cuarto grado.
- Y si no hay ningún pariente, la herencia acaba en manos del Estado o de la Comunidad Autónoma.
El problema es que ese reparto «de oficio» casi nunca coincide del todo con lo que la persona habría querido. La pareja de hecho con la que convivías sin estar casado, por ejemplo, no hereda nada por la vía del Código Civil si no hay testamento. Un ahijado, un sobrino al que cuidabas o una entidad a la que querías dejar algo, tampoco. La ley solo entiende de parentesco, no de afectos.
El perjuicio real para tus herederos: tiempo y dinero
Aquí está la clave que casi nadie tiene en cuenta. Cuando hay testamento, tus herederos solo tienen que ir al notario con el certificado de defunción, el de últimas voluntades y una copia del testamento, y pueden empezar a partir la herencia. Cuando no hay testamento, antes de poder heredar hay que hacer un trámite previo: la declaración de herederos abintestato.
Esa declaración es, en la práctica, demostrar ante notario quiénes son los herederos legales. Implica:
- Aportar más documentación (certificados de nacimiento, de matrimonio, de defunción, libro de familia…).
- Aportar testigos que conozcan a la familia y declaren ante el notario.
- Esperar un plazo legal de unos 20 días hábiles antes de que el acta quede cerrada.
- Pagar los honorarios de ese acta notarial, que no son los de un testamento: hablamos de varios cientos de euros frente a los aproximadamente 40-60 € que cuesta hacer testamento en vida.
Dicho de otra forma: lo que tú no pagas hoy haciendo testamento, lo pagan tus herederos mañana multiplicado, y encima en un momento de duelo. A eso se suma el tiempo: una herencia con testamento puede resolverse en semanas; una sin testamento se alarga fácilmente meses, justo cuando además corre el plazo de seis meses para liquidar el Impuesto de Sucesiones.
Y el perjuicio que no se mide en euros: los conflictos familiares
Sin testamento, los bienes pasan a estar en proindiviso: es decir, todos los herederos son propietarios de todo a la vez. Para vender la casa, vaciar una cuenta o repartir, hace falta el acuerdo de todos. Basta que un heredero no quiera firmar, esté ilocalizable o haya una mala relación para que la herencia se bloquee durante años. Hemos visto pisos cerrados y cuentas congeladas simplemente porque dos hermanos no se ponen de acuerdo.
Un testamento bien hecho previene gran parte de esos conflictos: puedes adjudicar bienes concretos a cada persona, designar quién se queda la vivienda compensando al resto, nombrar un albacea que ordene el reparto o proteger a un hijo con discapacidad o a tu pareja. Todo eso desaparece si dejas que decida la ley.
¿El testamento me deja hacer lo que quiera con mis bienes?
No del todo, y conviene saberlo. En el derecho común español existe la legítima: una parte de la herencia que la ley reserva obligatoriamente a ciertos familiares (los «herederos forzosos»). En líneas generales, dos tercios de la herencia están reservados a los hijos, y el cónyuge tiene derecho a un usufructo. Pero dentro de esos límites tienes mucho margen para decidir cómo se reparte el resto y para organizar las cosas con cabeza. El testamento no te da poder absoluto, pero sí te da voz; sin él, no tienes ninguna.
Hacer testamento es más fácil (y barato) de lo que crees
El testamento más habitual es el testamento abierto notarial. Se hace en una sola visita al notario, suele costar entre 40 y 60 euros, queda registrado oficialmente y puedes cambiarlo cuantas veces quieras a lo largo de tu vida: el válido siempre es el último. No es un documento «definitivo» ni te ata a nada; es simplemente dejar tus deseos por escrito y con seguridad jurídica.
Si vives en Andalucía, hay un motivo más para tenerlo todo en orden: la comunidad mantiene importantes bonificaciones en el Impuesto de Sucesiones para cónyuges, hijos y padres. Una buena planificación —que empieza por tener testamento— ayuda a que tus herederos aprovechen al máximo esas reducciones y paguen lo justo.
En resumen
- Con testamento: trámite rápido, coste bajo en vida, tu voluntad se respeta, menos conflictos.
- Sin testamento: declaración de herederos previa, más papeleo, más coste para los tuyos, reparto rígido que decide la ley y mayor riesgo de bloqueo familiar.
Hacer testamento no es pensar en la muerte: es pensar en quienes se quedan. Es el último favor —y de los más baratos— que puedes hacerle a tu familia para evitarles disgustos en un momento ya bastante difícil.
En Gestoría Maresca, en Bormujos, acompañamos a familias de todo el Aljarafe tanto en la planificación de la herencia como en su tramitación completa: Impuesto de Sucesiones, plusvalía municipal, notaría y Registro de la Propiedad. Si tienes dudas sobre tu caso, consulta nuestros servicios de herencias y testamentos o pásate a vernos sin compromiso. Te lo explicamos con calma y sin tecnicismos.
Este artículo tiene carácter informativo y no sustituye el asesoramiento personalizado. La normativa de sucesiones y las legítimas pueden variar según la situación familiar y la comunidad autónoma.